Derechos humanos: el derecho a ser como uno quiera

O mejor conocido como el libre desarrollo de la personalidad (LDP), es un derecho fundamental producto del desarrollo jurisprudencial. Es decir, su definición, sus alcances y sus límites se han pulido en los juzgados y tribunales; específicamente mediante la acción de constitucionalidad y en el ya famoso juicio de amparo.

El primer pronunciamiento sobre la definición del libre desarrollo de la personalidad se puede encontrar en el amparo directo 6/2008, resuelto por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La discusión surgió por un supuesto no regulado en materia de rectificación de actas del Registro Civil del Distrito Federal respecto a personas transexuales: todo proceso de rectificación de los datos contenidos en un acta del estado civil, previo juicio ante Juez de lo Familiar, concluía con la anotación marginal en la misma.

Dichas anotaciones permiten dar seguimiento a la identidad de las personas y así evitar transgresiones al orden público y fraudes a terceros. En este caso, el quejoso solicitó con éxito rectificar su nombre y sexo contenido en su acta de nacimiento, pues éstos ya no se adecuaban a su verdadera realidad social. Consecuentemente, toda acta de nacimiento suya tendría una anotación marginal, revelando algo que correspondía a su fuero interno: su condición de persona transexual.

La SCJN determinó que con la publicidad de la anotación se violaba su dignidad humana, su derecho a la igualdad y a la no discriminación, a la intimidad, a la vida privada, a la propia imagen, la identidad personal y sexual, la salud y el libre desarrollo de la personalidad. Ésto porque al no proteger esa información de terceros, existía la posibilidad de suscitarse eventuales actos discriminatorios en su contra. Consecuentemente el quejoso no podría proyectarse en todos los aspectos de su vida ni alcanzar un bienestar general.

De este fallo conviene se obtiene la primera definición jurídicamente relevante sobre el LDP: un reconocimiento del Estado sobre la facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiere ser, sin coacción ni controles injustificados, con el fin de cumplir las metas u objetivos que se ha fijado, de acuerdo con sus valores, ideas, expectativas, gustos, etc.

El LDP, de acuerdo con diversos fallos del Poder Judicial de la Federación, tutela otros actos como la libertad de contraer matrimonio, el divorcio incausado, la procreación de hijos y cuántos, la libre opción sexual, la libertad de elegir una profesión. También ha permitido la protección contra medidas disciplinarias escolares por cortes de cabellos e inclusive ha tutelado el uso lúdico de cannabis.

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José Roberto Gallardo Pineda

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