TRANSFERENCIAS ERRONEAS A TERCERAS PERSONAS

En Fortaleza Abogados, estamos familiarizados con las operaciones en línea, de hecho, sabemos que, con la integración de los sistemas y plataformas digitales en las Instituciones Bancarias, disfrutamos de los beneficios de pagar mediante transferencias bancarias, dada su facilidad para disponer de manera inmediata de nuestros recursos, a través de la denominada “Banca en línea”,  por lo que, es casi un hecho que el uso del efectivo ha quedado prácticamente obsoleto y la mayoría de las personas emplean el dinero digital para dar cumplimiento a sus deudas y pagos, sin embargo, aún y cuando esta implementación de servicios y pautas digitales han traído grandes beneficios para nosotros, también cierto es que, existen riesgos en el uso de estos, sobre todo partiendo del hecho de que en muchas plataformas de uso bancario, es necesario crear un usuario que nos identifique, donde se nos exige que expongamos nuestros datos personales como lo son: nombre, dirección, edad, género, cuentas y contraseñas bancarias, así como a nuestros contactos recurrentes de pago, sobre todo, en aquellos casos en los que las actividades cotidianas de las personas o empresarios exige estar en constante uso de la banca móvil, ya sea porque sean comerciantes o porque su actividad laboral así se los exija.

Es derivado de esta “pre carga de datos” que, en muchas ocasiones, ya sea por errores humanos involuntarios o del sistema operativo de la banca, se realizan depósitos a cuentas o personas que no tenían derecho de recibirlas, pero ¿qué quiere decir esto? En Fortaleza Abogados, estamos comprometidos con orientar al ciudadano, por eso, con la finalidad de definir en términos generales que significa el pago de lo indebido, te informamos lo siguiente:

Pagar indebidamente, significa que haz abonado aquello que no debías, o que tal vez debías, pero no a la persona a la que le realizaste la transferencia de fondos, pues no existe contrato o prestación de servicios que te obligue a este tipo de contraprestación, lo que potencialmente puede convertirse en un problema a la hora de solicitar el reembolso correspondiente, ya sea por la negativa de devolverlo o porque no tiene forma de contactar a la persona que resultó beneficiada, pero no te preocupes, no todo está perdido, ya que, a través de los recursos legales que te brinda la ley, es posible recuperar ese dinero a través de un Tribunal Judicial en materia Civil. Por ello, es importante que una vez que te encuentres en este tipo de situaciones te asesores con los especialistas en la materia para reaccionar de manera oportuna al caso en concreto.

En Fortaleza Abogados, contamos con personal capacitado y con amplia experiencia en este tipo de demandas, por lo que, te podemos ayudar a recuperar la cantidad depositada por error y un poco más (intereses e indemnización derivada de la mala fe), en ese sentido, si has sido víctima de una situación similar, no dudes en contactarte con nosotros para una mejor y más amplia asesoría. Mientras tanto, nos gustaría dejarte las siguientes recomendaciones, por si, en algún momento te encuentras involucrado en una situación como esta;

  • En primer lugar, resulta necesario que, en caso de que llegues a depositar por error determinada cantidad, resguardes el comprobante de la transferencia realizada, ya sea que se haya generado de manera física o electrónica.
  • A la brevedad posible, y siempre que conozcas a la persona beneficiada con el deposito hecho por error, comunícate con ella por escrito, para exponerle la situación y solicitar el reembolso correspondiente.
  • En caso de negativa para realizar el reembolso, comunícate de inmediata con nosotros para asesorarte e iniciar con los preparativos a juicio, pues tienes tiempo límite para ejercer tú derecho.

Esperando te haya servido la presente nota informativa, en Fortaleza Abogados, nos reiteramos a tus órdenes.

ABRIL HERNÁNDEZ SALGADO | ABOGADA ASOCIADA

VO. BO. JOSÉ ROBERTO GALLARDO PINEDA

BIBLIOGRAFIA

Código Civil para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México);

Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México).

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