Hace poco más de un año se empezaban a escuchar noticias relacionadas con el descubrimiento de un nuevo virus que se había originado en una ciudad de China, debido a la lejanía de esta población y a la comparación del virus con otras enfermedades respiratorias, se creía poco probable que fuera una situación que nos afectara o que incluso llegara hasta nuestro país. Sin embargo, así fue, y a principios del año 2020 la enfermedad del virus SARS-CoV-2, mejor conocido como COVID-19, ya era una realidad en México, presentándose cada día más contagios y defunciones ocasionados por el mismo.
A partir de esos meses, todo lo que conocíamos como nuestra normalidad fue cambiando, algunas actividades se vieron paralizadas momentáneamente; tanto empresas como escuelas y el propio gobierno, se fueron adaptando a lo que ahora es llamada nuestra nueva normalidad, dentro de la cual, entre los muchos cambios que suscitaron, se fue adoptando el trabajar desde casa, conocido como teletrabajo o home office. Y si bien es cierto que ya había empresas o personas que laboraban cotidianamente bajo esta forma, no hay que dejar de lado que fue un cambio inesperado para muchos trabajadores, de los cuales gran parte no estaban familiarizados con las herramientas o tecnologías indispensables para llevar el trabajo de forma virtual, por lo que tuvieron que irse capacitando y cambiando a esta modalidad paulatinamente.
Ejemplo de ello es nuestra firma, Fortaleza Abogados, que se fue adaptando a los cambios y circunstancias de la propia pandemia, contando por ello con nuevas modalidades de asesorías, impartidas por plataformas de videoconferencia, como son Meet y Zoom, e incluso impartiendo asesoría por medio de llamada telefónica o vía WhatsApp. Por ello, en la firma contamos con el conocimiento y experiencia propia del cambio y ajuste que se debe realizar dentro de las empresas, para poder acoplarse a la nueva normalidad y, a su vez, no dejar de lado el hacer del día a día.
Con el incremento en el uso de esta forma de trabajo, era necesaria su previsión en la ley, por lo que el 11 de enero del año 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo. En dicho capítulo se define al teletrabajo como “una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, en el centro de trabajo, utilizando primordialmente las tecnologías de la información y comunicación, para el contacto y mando entre la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo y el patrón”. Siendo relevante que para considerar que una persona labora bajo la modalidad de teletrabajo, se deben desarrollar más del cuarenta por ciento de las relaciones laborales bajo esta modalidad.
Un aspecto relevante de esta adición a la Ley Federal del Trabajo es que se contempla la obligación de los empleadores de cubrir el monto proporcional del pago de servicios que se realice en el domicilio relacionado con el teletrabajo, así como proporcionar a los trabajadores del equipo e insumos necesarios para realizar el mismo. Siendo condiciones recalcables ya que, tal y como si los trabajadores se encontraran laborando en la empresa o establecimiento del patrón, éste es el que cubre el pago de las herramientas, elementos y condiciones necesarias para poder llevar a cabo el trabajo.
En Fortaleza Abogados podemos estudiar cada centro de trabajo en particular y señalar cuáles serían los mejores cambios a realizar para poder acoplarse con esta adición a la Ley Federal del Trabajo, así como aconsejar otras variaciones o modificaciones que se pudieran ajustar al propio centro de trabajo para cumplir con su objeto de la mejor forma posible.
Además, en la reforma se señala que las condiciones de seguridad y salud que se deben cubrir para los trabajadores bajo esta modalidad serán señaladas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en una Norma Oficial Mexicana (NOM), teniendo un plazo de dieciocho meses para publicarla, a partir de la entrada en vigor del Decreto, que fue el 12 de enero de 2021, es decir un día después de su publicación.
Por tanto, tanto los empleadores como los trabajadores deben estar atentos a los pormenores de estos artículos añadidos a la Ley Federal del Trabajo y a la NOM que será publicada, debiendo cumplir con los mismos para que aseguren las condiciones del teletrabajo que llevarán a cabo. Más aun cuando más de la mitad de las personas que se encuentran realizando home office, señalan que les gustaría continuar con la misma modalidad una vez concluida la pandemia, ello según datos de un estudio realizado por el Centro de Investigación de la Mujer en la Alta Dirección (CIMAD) del IPADE Business School de México, el Centro Conciliación Familia y Empresa del IAE Business School de Argentina, el ISE Business School de Brasil, el IDE Business School de Ecuador y Barna Management School de República Dominicana.
Así, no nos debe sorprender si al término de la pandemia se sigue manteniendo la modalidad de trabajar desde casa, ya que muchos empleadores y trabajadores se han percatado que pueden realizar sus labores y compaginar las mismas con su vida doméstica. Y aunque muchos trabajadores y empresas no estaban listos para este cambio, la nueva normalidad nos ha hecho adaptarnos al mismo, mejorando cada día más en los servicios que se ofrecen de forma virtual, siendo por ello importante estar pendientes de la normativa que se elabore al respecto, para poder actuar conforme a la misma, evitar no conformidades, y mejorar aún más los servicios ofrecidos.
Tomando en cuenta todo lo anterior, Fortaleza Abogados se encuentra dispuesta a ayudar a todas aquellas empresas y a todos aquellos trabajadores que se acerquen con la firma en busca de asesoría sobre cualquier aspecto referente al trabajo desde casa. Buscamos en todo momento actuar con honestidad, conocimiento y responsabilidad, y podemos asegurar que si decide acudir con nosotros buscaremos la mejor solución y los cambios que mejor se adapten a su centro de trabajo y a las características propias de éste.
José Roberto Gallardo Pineda